¿Qué sucede con mis deudas en caso de fallecer?

En Seguros Equinoccial nos preocupamos por tu bienestar integral, no solo en vida, sino también por el de tus seres queridos. Por eso, en este blog abordaremos este tema de gran importancia:

La realidad tras la partida

La partida de un ser querido es un evento doloroso que, además de la carga emocional, puede traer consigo responsabilidades inesperadas. Entre ellas, se encuentran las deudas pendientes del difunto.

¿Las deudas desaparecen con la muerte?

No. Las deudas no se extinguen con el fallecimiento de la persona. Estas pasan a formar parte del patrimonio del difunto y, por lo tanto, deben ser cubiertas por sus herederos o por el seguro de desgravamen, en caso de tenerlo.

¿Quiénes son responsables de pagar las deudas?

Los responsables de pagar las deudas del difunto son, en primer lugar, los herederos que hayan aceptado la herencia.

El orden de responsabilidad legal para el pago de las deudas es el siguiente:

  1. El cónyuge sobreviviente: Si el fallecido estaba casado/a en régimen de bienes gananciales, el cónyuge responde por las deudas con la mitad de los bienes gananciales.
  2. Los hijos: Los hijos del fallecido responden por las deudas con sus propios bienes, hasta el límite de lo que hayan heredado.
  3. Los padres: Si no hay cónyuge sobreviviente ni hijos, los padres del fallecido responderán por las deudas con sus propios bienes.
  4. Los hermanos: En última instancia, si no hay cónyuge, hijos ni padres, los hermanos del fallecido responderán por las deudas con sus propios bienes.

¿Qué pasa si las deudas superan el valor de la herencia?

En caso de que las deudas del difunto superen el valor de la herencia, los herederos no están obligados a pagarlas con su propio dinero. Sin embargo, sí existe la posibilidad de que los acreedores demanden a los herederos por el monto restante de la deuda.

¿Cómo protegerse a sí mismo y a su familia?

Existen diferentes herramientas que puedes utilizar para protegerte a ti mismo y a tu familia de las deudas en caso de fallecimiento:

  • Seguro de vida: Un seguro de vida te permite designar a uno o más beneficiarios que recibirán una suma de dinero en caso de tu fallecimiento. Este dinero puede ser utilizado para pagar tus deudas y evitar que recaigan sobre tus herederos.
  • Seguro de desgravamen: Un seguro de desgravamen está diseñado específicamente para cubrir el pago de deudas, como hipotecas o préstamos personales, en caso de fallecimiento del titular.
  • Planificación financiera: Es importante realizar una planificación financiera adecuada para asegurarte de que tu familia tenga los recursos necesarios para hacer frente a tus deudas en caso de tu fallecimiento.

En Seguros Equinoccial te ofrecemos diferentes opciones de seguros de vida y de desgravamen para que puedas proteger a tu familia y brindarles tranquilidad en caso de tu partida.

Contacta con uno de nuestros asesores expertos para obtener más información y encontrar la solución que mejor se adapte a tus necesidades.

Recuerda:

  • Informarte sobre las consecuencias legales y financieras del fallecimiento.
  • Tomar las medidas necesarias para proteger a tu familia de las deudas.
  • Contratar un seguro de vida o de desgravamen para brindarles mayor tranquilidad.

En Seguros Equinoccial estamos comprometidos con tu bienestar y el de tu familia.

¡Contáctanos hoy mismo y protege tu futuro!

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