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Introducción y Definiciones
Antecedentes y Principios del Seguro
Entes de Control
Gestión de Riesgos y componentes de la Póliza
Seguros Personas
Cómo manejar un siniestro
Productos de seguro en el mercado
El objetivo primordial de esta Ley es velar por los derechos públicos y facilitar el desempeño de la actividad aseguradora. Así como velar por los intereses de los asegurados quienes, a través de primas, acuerdan, autorizan y registran, en las instituciones de seguros, reaseguros o fianzas los acuerdos establecidos en el contrato de seguro.
Objetivos de la Ley General de Seguros
» Derechos Públicos
Su objetivo es velar por los derechos públicos y facilitar el funcionamiento de las entidades de seguros, reaseguros, fianzas y sucursales extranjeras.
» Asegurados
Cuida los intereses de los asegurados, quienes a través de primas acuerdan, autorizan y registran en las instituciones de seguros, reaseguros o fianzas, los acuerdos establecidos en el contrato del seguro.
» Seguridad Institucional
Proporciona una adecuada supervisión que procure liquidez y solvencia, con el afán de mantener un desarrollo equilibrado, diversificado y eficiente del sistema asegurador.
Código de Comercio
Conjunto de elementos unitarios, ordenado y sistematizado de normas de Derecho mercantil, siendo su objetivo el regular las relaciones mercantiles y comerciales; dicho código reglamenta el contrato del seguro, más no la actividad aseguradora y a sus integrantes como es el caso de la ley general de seguros.
Al contratar
» Asegurado
Debe declarar el estado del riesgo para que el asegurador pueda saber qué está asegurando y cuánto debe cobrar por el riesgo que está asumiendo. Si ya está celebrado el contrato el riesgo cambia y se agrava, debe avisar a la aseguradora para que esta pueda dar por terminado el contrato o cobrar una prima mayor.
» Aseguradora
Una vez celebrado el contrato, la aseguradora debe emitir la póliza y enviarla al solicitante asegurado y , este, debe pagar la prima dentro de los 30 días siguientes al perfeccionamiento del contrato, a menos que acuerden otra cosa.
Al ocurrir el siniestro
» Asegurado
Una vez ocurrido el siniestro, el asegurado tiene tres obligaciones principales:
- El aviso de siniestro dentro del término legal.
- Evitar la propagación del siniestro.
- Demostrar la ocurrencia del siniestro y su cuantía, adjuntando todos los documentos exigidos por la póliza.
» Asegurador
Ocurrido el siniestro, el asegurador tiene las siguientes obligaciones y facultades:
- Nombrar a un perito autorizado.
- Aceptar o negar el concepto del perito, dentro de los 30 días contados desde la presentación de la formalización de la solicitud de pago del siniestro.
- En caso de no hacer objeción, se entenderá que acepta la solicitud de pago efectuada por el asegurado o beneficiario y deberá proceder al pago dentro de los 10 días siguientes.
- Pagar la indemnización.
Subrogación
- Pagado el siniestro, el asegurador se puede subrogar en los derechos del asegurado contra el tercero responsable del siniestro, si este existe.
- El asegurado no puede enriquecerse a través del contrato del seguro y no puede recibir, además de la indemnización, el pago por parte del tercero que le causó el daño.
- Si al asegurado no le han pagado el total de la pérdida sufrida, éste conserva el derecho a reclamar al tercero responsable del daño, el valor no recibido del seguro.
- En el caso de los seguros de vida, no se da la subrogación porque no son indemnizatorios.
Prescripción
Prescripción:
» Asegurado
Independientemente del reclamo administrativo, el asegurado puede demandar ante la jurisdicción ordinaria, el pago de la indemnización; para lo cual, tendrá un plazo de tres años desde que ocurre el siniestro. En caso de no haber conocido el hecho o que se vio impedido de ejercer su derecho, tendrá cinco años.
» Aseguradora
Únicamente tiene tres años para demandar cualquier acción derivada del contrato del seguro.
Prevención de Lavado de Activos
El lavado de activos es el mecanismo a través del cual se oculta o disimula el origen de dinero proveniente de actividades ilegales con el objetivo, de integrarlos como legales en el sistema económico de un país.
En el sector de seguros la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros es quien establece las normas y resoluciones en torno a este delito.
Sujetos obligados a realizar prevención de lavado de activos
- Compañías de Seguros y Reaseguros
- Las filiales extranjeras bajo control de las instituciones del sistema financiero ecuatoriano
- Las bolsas y casas de valores
- Las administradoras de fondos y fideicomisos
- Las cooperativas
- Las fundaciones y organismos no gubernamentales
- Las personas naturales y jurídicas que se dediquen en forma habitual a la comercialización de vehículos, embarcaciones, naves y aeronaves
- Las empresas dedicadas al servicio de transferencia nacional o internacional de dinero o valores, transporte nacional e internacional de encomiendas o paquetes postales, correos y correos paralelos, incluyendo operadores, agentes y agencias las agencias de turismo y operadores turísticos
- Las personas naturales o jurídicas que se dediquen en forma habitual a la inversión en intermediación inmobiliaria y a la construcción
- Los hipódromos
- Los montes de piedad
- Las casas de empeño
- Los comerciantes de antigüedades y obras de arte
- Los notarios
- Los promotores artísticos y organizadores de rifas
- Los registradores de la propiedad y mercantiles
Actividades ilícitas
a) Secuestro extorsivo
Se denomina secuestro extorsivo al hecho en el cual un secuestrador retiene a su víctima con la finalidad de obtener beneficios económicos a cambio de su liberación. Este tipo de secuestro presenta dos modalidades:
• Secuestro Express
Retención de una o más personas por un período corto de tiempo que puede variar en horas o días y durante el cual se exige la entrega de dinero para su liberación.
• Secuestro Virtual
Operan aprovechándose de la ausencia de la supuesta víctima para extorsionar a su familia y obtener dinero fácil en poco tiempo a través del chantaje o manipulación de información personal.
b) Robo de vehículos
Delito que tiene mayor connotación social. Se trata también de uno de los delitos que más se denuncia, tanto por ser un bien socialmente apreciado, como por ser un nicho de mercado muy ofertado por las empresas de seguridad y empresas aseguradoras, las cuales requieren de las respectivas denuncias para el pago de las indemnizaciones.
c) Usura
Es un término peyorativo que se usa para referirse a los intereses de los préstamos, en general, o cuando los tipos de interés se perciben como desmesurados o excesivamente altos.
d) Terrorismo
El financiamiento del terrorismo es otro caso muy particular, pues no siempre los recursos con los que se financian las actividades terroristas provienen del cometimiento de un crimen, por lo tanto, no son recursos ilícitos. Sin embargo, por el hecho de que su destino sea el viabilizar actos terroristas hace que los mismos sean parte de la acción criminal.
e) Fraudes
Se refiere al acto intencional que se desarrolla dentro de las organizaciones y empresas, donde personal propio o terceros infieren con el propósito de presentar estados financieros falsos en los que se ha manipulado operaciones como verdaderos actos de corrupción y malversación de activos.
f) Trata de personas
La trata de personas es un delito contra los derechos huma-nos, considerado como la esclavitud del siglo XXI. Consiste en el traslado forzoso o mediante el engaño, de una o varias personas, desde su lugar de origen a otro lugar, casi siempre otro país, donde se les priva de la libertad de forma total o parcial para su explotación laboral o sexual.
g) Tráfico ilícito de estupefacientes
Es el delito que facilita o promociona el con-sumo ilícito de determinadas sustancias estupefacientes y adictivas que atentan contra la salud pública.
Existen tres modalidades dentro del tráfico de drogas:
• Tráfico aéreo
Utiliza como medio de transporte a naves o aeronaves públicas o privadas.
• Tráfico marítimo
Utiliza como medio de transporte a buques, barcos, canoas, entre otros.
• Tráfico terrestre
Utiliza como medio de tránsito a vehículos o cualquier medio de transporte vial.
h) Corrupción administrativa
Es la acción humana que viola las normas legales y los principios de la ética. Este delito se comete en el ejercicio de un cargo público y se clasifica legalmente en:
• Soborno
Es el más conocido entre los delitos contra la Administración Pública. Y se evidencia desde la entrega de un pequeño obsequio con el fin de evitar una multa, sanción o llamado de atención, hasta el ofrecimiento de abundantes sumas de dinero para exonerarse del pago de impuestos o conseguir algo de forma ilícita.
• Exacción
Agente fiscal que se aprovecha del miedo o de la ignorancia de una persona, a quién le notifica el pago de un impuesto con una cuantía mayor a la que le corresponde pagar.
• Concusión
Cobro injustificado y arbitrario que hace un funcionario público de determinada cantidad de dinero bajo la amenaza de aplicarle normativas legales o en provecho propio.
• Tráfico de influencia
Influir a favor de alguien allegado con un contrato de obra pública, o cualquier otra actividad en la que esté involucrada una posición o un trabajo de beneficio.
• Malversación
Consiste en desviar fondos públicos hacia objetivos distintos a los que consigna el presupuesto en ejecución.
• Abuso de poder
Uso arbitrario de la fuerza pública, por parte de autoridades o funcionarios para resolver problemas particulares, en el desempeño de un determinado cargo u oficio.
• Peculado
Enriquecimiento ilegal de una persona o un grupo de personas con perjuicio directo del Estado, mediante el hurto de los fondos públicos que le fueron encomendados para su administración.
Etapas del lavado de activos
1. Colocación
La etapa de colocación consiste en la vía por la que optan los delincuentes al “colocar” el dinero obtenido en instituciones financieras y no financieras. En esta etapa, los lavadores comúnmente buscan una institución vulnerable que les permita ingresar su dinero ilícito fuera del país en los llamados paraísos fiscales, donde las cuentas de bancos son cifradas, de tal manera que imposibilitan la identificación del cliente y el origen de los recursos. Muchos optan por crear empresas fantasmas, es decir empresas que solo existen en documentos pero que no están ubica-das físicamente en ningún lugar real. Y otros, utilizan “empresas fachada”, es decir, empresas cuya actividad es legal, sin embargo, solo sirven para realizar transacciones, reuniones y negocios ilegales.
2. Diversificación
Una vez que han ingresado los fondos a una institución financiera o no financiera, se mueven esos fondos a través de diversas operaciones, con el propósito de ocultar la colocación inicial y el destino final del dinero. Algunos ejemplos de esta fase son:
- Depósitos por montos pequeños realizados por varias personas en una misma cuenta, o denominado “Pitufeo”.
- Retiro de dineros a través de créditos, cheques de viajero, cartas de crédito, acciones, bonos o transferencias.
3. Integración
En esta última fase el lavador obtiene su dinero de regreso, por lo tanto, este se integra nuevamente a la economía normal con apariencia legítima. Algunos ejemplos de esta fase son:
- Inversiones en negocios inmobiliarios o constructoras.
- Transacciones de importación y exportación.
- Creación de empresas comerciales